viernes, 22 de mayo de 2009

Derechos de l@s trabajador@s mencionados en el Código del Trabajo.



Trabajador/a, deja de sufrir.  Reivindícate. Recuerda que cuentas con derechos que fueron creados para defender tu dignidad. A tu lado estamos resistiendo el dolor que has de soportar con tu familia, le ayudo a recordar algunos de sus derechos:

Tienes el derecho a la reunión pacífica, sin avisarle a nadie, y poder reclamarle a la autoridad.

Tienes libertad de opinión.

Libertad de conciencia y de creencias, por lo que no puedes ser discriminado por tales.

Seguridad individual y Seguridad social.

Presentación de peticiones al patrón o a la autoridad.

El derecho a la Asociación, para pedir un salario, derechos, horarios, y tratos más justos, es la gracia de la democracia, que tus peticiones sean aceptadas por los de arriba.

Reconócese a los trabajadores del sector privado y de las empresas del Estado, cualquiera sea su naturaleza jurídica, el derecho de constituir, sin autorización previa, las organizaciones sindicales que estimen convenientes, con la sola condición de sujetarse a la ley y a los estatutos de las mismas.

Art. 213. Las organizaciones sindicales tienen el derecho de constituir federaciones, confederaciones y centrales y afiliarse y desafiliarse de ellas.

Protección de tu salud.

Libertad de trabajo, y su protección.

Además de las sagradas 8 horas máximas de trabajo (cuarenta y ocho horas semanales).

El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.

No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.

A la sindicalización (ó sea, organizarte para hacer valer tus derechos y dignidad, para trabajar en un ambiente laboral al gusto de todos los trabajadores del lugar, conformando asociaciones libres, colaborando entre todos, apoyándose, y participando en marchas, huelgas, paros, protestas pacificas, siempre codo a codo para apoyarse en la disputa por

un trabajo más digno, pero debes tener cuidado de los jefes sindicales, pues pueden ser corrompidos por los patrones, o autoridades, por lo cual le sugiero que conformen una asociación libre, en que todos se rijan por si mismos, a conciencia, y responsablemente.)

Si no son respetados estos,  o te atemorizas a reclamar, puedes solicitar Recursos de Amparo ( para proteger la libertad de cualquier persona que se encuentre arrestada, detenida o presa en forma ilegal, o cuya seguridad individual se encuentre afectada o amenazada), o un Recurso de Protección ( este recurso está destinado a proteger los derechos consagrados constitucionalmente en el Art. 19, ó sea los anteriormente nombrados, entre otros,  en los casos en que por actos arbitrarios, una persona sufra de privación, perturbación o amenaza en el ejercicio de sus derechos) a los Tribunales de Justicia, ante cualquier persona, o por el mismo interesado, o Afectado, por lo tanto cuando sean condicionados, o por reclamar, estas son valiosas armas para su defensa como trabajador o trabajadora, para protegerte de las amenazas, y de los cierres patronales. No estás sola, o solo, en tu lucha trabajador/ra.

“Son contrarias a los principios de las leyes laborales las discriminaciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, sindicación, religión, opinión

Política, nacionalidad u origen social. En consecuencia, ningún empleador podrá condicionar la contratación de trabajadores a

esas circunstancias.” Lo que ellos tienen es gracias a tu esfuerzo.     

El poder que tienen es el que nosotr@s les damos.

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